y en ese sentido pienso que cuando se cometen crímenes graves, no basta un acuerdo entre las partes para enterrar la responsabilidad y que las víctimas tienen todo el derecho de reclamar sus derechos y actuar en nombre de sus familiares que pudieron haber muerto.
Nuestro proceso de paz tuvo como corolario una negociación entre las partes que planteó una amnistía general para los crímenes cometidos durante el conflicto, con excepción de aquellos que se consideran de lesa humanidad. Doctrinariamente están definidos esos gravísimos hechos que caen en tal calificación, pero para cualquier familiar, el crimen contra su pariente se convierte en un acto de lesa humanidad.
Se han iniciado procesos contra militares por las acciones de barbarie cometidas durante el conflicto y como respuesta los familiares de algunos militares, entre ellos el hijo de uno que fue también víctima de secuestro para presionar al padre cuando era ministro, han iniciado acciones penales contra los dirigentes de dos de los cuatro grupos guerrilleros que actuaron en el país. El objetivo, reconocido por Ricardo Méndez Ruiz, es atacar políticamente la labor de la fiscal general, Claudia Paz y Paz, señalando a familiares suyos como parte de la insurgencia.
Yo creo que reclamar justicia es el derecho de cualquier ciudadano y contra ello no hay objeciones. Sin embargo, declaraciones de algunos de los familiares de militares que dicen que están actuando para que el Ministerio Público “cese la persecución penal” contra quienes fueron mandos del Ejército es inaceptable, puesto que la misma decisión que tomaron de formalizar una acusación contra personas que pudieron estar implicadas en la guerrilla evidencia que el camino para dirimir el problema es, justamente, el de la ley, mediante la correcta administración de la justicia.
Se trata de procesos, en ambos casos, en los que las partes tienen que cumplir y beneficiarse con las garantías procesales, empezando por la presunción de inocencia. Los acusadores tienen que probar el fundamento de su acusación y eso aplica tanto para quienes actúan en contra de los militares como para quienes acusan a los guerrilleros.
Se puede hablar mucho de la disparidad cuantitativa y cualitativa de los crímenes cometidos, pero se trata, al fin y al cabo, de crímenes que se tienen que esclarecer. Ahora se sabe, por ejemplo, que lo que posteriormente Ríos Montt presentó como una captura del doctor Juan José Hurtado, había sido un secuestro para negociar la liberación del hijo del Ministro de Gobernación. En otras palabras, fuerzas de seguridad secuestrando a alguien con el objeto de tener fuerza para negociar con la guerrilla.
La Comisión de Esclarecimiento Histórico hizo mucho para describir la historia del conflicto, pero sin duda alguna no puede haber más esclarecimiento que el que se haga con base en la ley, en la administración de la justicia y que permita que quienes, en uno u otro bando, hayan cometido crímenes contra inocentes, contra personas no involucradas en la guerra interna, deben asumir la responsabilidad de sus hechos.
No se puede usar una acusación penal como la planteada por los familiares de militares como elemento de negociación para borrar la historia. Si quieren procesar a los que formaron la guerrilla están ejercitando un derecho, idéntico al que tienen las víctimas de acciones militares o de aparatos del Estado. Eso rompe con el acuerdo de “si no me acusás, no te acuso” que puede leerse entre líneas en parte de los acuerdos de paz.
Diario La Hora, 30 de noviembre
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