García García, representante con el cargo vencido ante el Consejo Superior Universitario, en el comunicado del catorce de octubre de 2024, con el asunto: «Hallazgos administrativos, daños institucionales y acciones en proceso» en donde se declara textualmente que «Ningún docente puede impartir clases, ni presenciales ni virtuales, amparándose en la libertad de cátedra, pues esta no puede invocarse para incumplir una orden judicial».
¿Qué lleva a un funcionario universitario a prohibir dar clases a los docentes que supuestamente están a su cargo? Se justifica en el amparo provisional que obtuvo el estudiante de psicología y abogado Walter Brenner Vásquez de prohibir las clases virtuales (no las presenciales). Además, se ampara en los daños causados por el remolino del jueves 9 de octubre que afectó la zona 11 y las instalaciones del Centro Universitario Metropolitano, donde se encuentra la sede de la Escuela de Ciencias Psicológicas.
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Todo esto no es pretexto para tratar de controlar una unidad académica que se ha opuesto a la intervención del Consejo Superior Universitario y a la imposición de un abogado ajeno a la psicología, como su director. El remolino, en efecto, botó unas láminas del techo y el edificio no ha sido «impermeabilizado en su totalidad» durante 7 años (así dice también el comunicado). Pero de eso a impedir el acceso por estar inutilizable, como quiere hacer creer, hay un trecho bastante importante.
Personal administrativo y de servicios se hace presente todos los días, pero hay una prohibición expresa para que estudiantes y docentes utilicen sus salones y continúen con el proceso de enseñanza-aprendizaje. A la que se añade la prohibición directa en el comunicado referido. Esto es una clara violación al derecho de recibir educación de más de 2000 estudiantes afectados. La Procuraduría de Derechos Humanos se ha hecho presente para verificar la situación y estudiantes y docentes han presentado comunicados para protestar contra esta medida, ajena a la esencia misma de una institución educativa y de la universidad.
En el fondo, esta situación es un síntoma de impotencia. Revela el miedo a las voces, la organización y participación de estudiantes y docentes. Evidencia el desinterés por el desarrollo académico, por la formación de estudiantes, por la atención a personas que solicitan los servicios psicológicos en esa unidad académica. Pero también evidencia la incapacidad de controlar una unidad académica si no es a través de medidas tan antidemocráticas y ajenas al espíritu educativo como el prohibir a docentes y estudiantes concluir con el ciclo académico. Mientras tanto, la Corte de Constitucionalidad continúa sin dar dictamen a los amparos presentados por estudiantes y docentes. Recientemente otorgó un amparo similar presentado por la Facultad de Agronomía, pero en el caso de Psicología, mantiene el silencio que permite que esta intervención –arbitraria e ilegítima- continúe provocando graves retrocesos y violente los derechos de educación y elección de los miembros de la comunidad académica.
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