Montesquieu, filósofo francés, escribió la obra El espíritu de las leyes, que fundamentó teóricamente al Estado moderno occidental, republicano y liberal, impuesto en Guatemala tras el régimen colonial. En ella planteaba la importancia de la división de poderes —ejecutivo, legislativo y judicial— para evitar el autoritarismo y garantizar la libertad, el desarrollo individual, la democracia y la soberanía de los Estados. Esto ocurrió aproximadamente en el año 1700.
Trescientos veinticinco años después, esa utopía política no resistió el paso del tiempo, ni modificó el espíritu colonizador, imperial, violento, racista y depredador de la civilización occidental. La ley es dura, pero es la ley, dice el refrán que encabeza esta serie de artículos, pero es dura para unos y laxa para otros.
Legal y políticamente la independencia de poderes es una necesidad indiscutible que, en la práctica, es todo lo contrario ya que, en el caso de nuestro país, a los tres poderes del Estado se suman la Corte de Constitucionalidad, el Ministerio Público, la Contraloría de Cuentas y el Tribunal Supremo electoral que actúan al unísono, articulados, solidarios, sin independencia.
Ese bloque de poder, atrapado por los intereses de las élites de raíces coloniales, transita en la impunidad y corrupción como sistema, eficiente, dominador, violento y excluyente de la mayoría poblacional que no pertenece a ese círculo de solidaridad racista:
«Es el espacio en que personas enormemente ricas y poderosas viven bajo sus propias reglas —у continúan saliéndose con la suya— Es un club en el que las reglas y la ley no se aplican. Y tú no formas parte de él» Bernie Sanders.
La ley no es dura para todos. A los subalternos, pueblos, grupos, clases y estratos, sí se les aplica con dureza cuando reivindican derechos, cuestionan al sistema y se organizan para ello. Por otro lado, la ley es sustento de privilegios económicos, políticos, culturales y sociales para un pequeño sector de una clase social dominante. Mientras a lo externo la retórica de independencia de poderes, Estado de derecho y soberanía se presentan como la máscara democrática que oculta la perversión colonial.
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La separación de poderes, concebida por el liberalismo clásico como un dique contra la tiranía, puede convertirse en su coartada cuando se vacía de contenido democrático. En contextos como el de Guatemala, el principio no se pervierte solo por su ruptura explícita, sino por su uso instrumental: poderes formalmente separados, pero funcionalmente alineados a intereses económicos, religiosos, militares, políticos o corporativos. Así, el Estado preserva la apariencia de legalidad mientras normaliza prácticas autoritarias que restringen derechos, criminalizan la disidencia y disciplinan a la ciudadanía.
Cuando el poder judicial se autonomiza del control social pero no del poder político y económico, cuando el legislativo legisla a espaldas del pueblo y el ejecutivo gobierna por excepción permanente, la separación de poderes deja de proteger la libertad individual y colectiva, y pasa a gestionarla como concesión.
En sociedades atravesadas por herencias coloniales, este desvío liberal, y el uso sesgado de la ley, reproduce jerarquías raciales y epistémicas, y afecta de forma desproporcionada a pueblos indígenas y sectores populares, para quienes el «Estado de derecho» suele llegar tarde o nunca. Lo que sí llega pronto es la criminalización a los intentos democráticos.
El problema, aparte de la ausencia de legalidad, es su exceso selectivo. Jueces, fiscales y cortes invocan la independencia judicial mientras actúan como brazo disciplinario contra quienes incomodan el orden: periodistas, defensores del territorio, autoridades indígenas, operadores de justicia incómodos. La ley se aplica con celo colonial: dura hacia abajo, flexible hacia arriba. Así, la libertad individual y los demandas de los pueblos se redefinen como privilegio y no como derechos.
El constitucionalismo liberal existente en Guatemala, especialmente desde 1985, no es un proyecto democrático incompleto, sino un régimen políticamente funcional: bloquea la soberanía popular, neutraliza el conflicto social, niega la pluralidad y convierte la legalidad en arma. Mientras no se cuestione su arquitectura colonial —y no solo sus excesos— la Constitución seguirá siendo menos un pacto social que un dispositivo de contención.
Para los pueblos indígenas, esto no representa una desviación reciente, sino la continuidad del Estado colonial por otros medios.
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