Privar a un adolescente de su libertad no tiene como fin castigarlo ni corregirlo. No quiere decir que deba ser torturado o maltratado para que entienda que debe cambiar de conducta o disciplinarse. Privar de la libertad a una persona de entre 13 y 18 años de edad tiene, para el Estado, un fin sociopedagógico tanto por disposición de los distintos instrumentos internacionales como por el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Guatemala. No es cierto, por tanto, que los adolescentes sean inimputables. La doctrina de protección integral promueve de forma adecuada, y conforme al reconocimiento de un sujeto de derechos, que él o ella asuma las consecuencias de su responsabilidad a tal grado y magnitud que pueda privársele de su libertad por un tiempo acotado.
Sin embargo, la forma del abordaje actual (no desde la ley, sino desde la práctica observada) y el reclamo social reflejan un abordaje meramente retributivo, es decir, de castigo, a tal punto que la sociedad les reclama a los mismos adolescentes ya privados de libertad que por qué no trabajan o estudian allí dentro. La pregunta es si ellos son responsables de una cartera educativa con políticas sociales en cuyo contenido se evidencie un programa específico de educación para personas privadas de libertad. Creo que no. Es el Ministerio de Educación el que debe incluir esos programas en su cartera específica mediante un sistema de cooperación con la Secretaría de Bienestar Social.
Los ministerios de Estado reclamarán que las instalaciones no son las adecuadas y que por eso no pueden trabajar. Bueno, el primer punto es que la infraestructura no es adecuada porque sigue respondiendo a la visión retributiva o correccionalista. Siendo así, Las Gaviotas, por ejemplo, es un edificio en una cuchilla en medio de una zona netamente urbana. La infraestructura debe ser reformada, rediseñada. Su arquitectura debe responder a criterios de protección integral. Para entender esto debe abandonarse el afán de venganza y pensar que ese adolescente volverá a estar en libertad.
Luego de lo dicho en el anterior párrafo, ahora este gran problema nos pasa la pelota a los que estamos en libertad. Estos adolescentes son el reflejo de nuestra situación, en la cual 3.6 millones de niñas, niños y adolescentes de Guatemala (según el Unicef) no fueron a estudiar en el año 2016, en la cual se promueve que no haya educación sexual y en la cual el discurso permanente es que aquellos problemas que no podemos atender los encerremos o los matemos.
Para finalizar, es prudente lo que el vicepresidente dijo sobre construir un nuevo centro no sé si en Izabal. Habría que ver estadísticas, pero idealmente hay que hacerse dos preguntas con orientación política. Primera: ¿todos los adolescentes privados de libertad actualmente deben estarlo? Tomando en cuenta que existe un catálogo de penas muy amplio en la ley PINA, si la respuesta no se sabe o no se tiene, hay que coordinar con el sistema especializado de justicia. Segunda: ¿de dónde provienen la mayoría de los adolescentes privados de libertad? Si no es de nororiente, ese centro en Izabal afectaría consolidación familiar. Y, señor vice, como sugerencia, podrían promoverse reformas a la Ley de Extinción de Dominio y algunos de los inmuebles incautados ser utilizados en prevención secundaria, es decir, en atender adolescentes amenazados o en riesgo mucho antes de tener que llegar a una sanción.
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