El Ministerio Público expuso esta tarde ante el tribunal sus conclusiones con la idea de sustentar la tesis de que el ejército, liderado por los acusados, intentó eliminar total o parcialmente a la etnia ixil durante 1982 y 198, y que por lo tanto incurrieron en genocidio. El fiscal Orlando López dio un repaso a todas las pruebas que han sido presentadas en contra de los generales a lo largo de 25 días de audiencia.
Los planes militares y las leyes que se crearon luego del golpe de Estado del 23 de marzo de 1982 fueron la base del argumento que la fiscalía utilizó para explicar que el ejército, a través del Estado, definió a la etnia ixil como enemigo interno. “Los planes de operaciones militares y su implementación provocó el rompimiento del tejido social en el área ixil”, resumió López.
En el actual debate, tras 98 testimonios de sobrevivientes y familiares de víctimas escuchados, el Ministerio Público indicó que se enumeraron 1326 víctimas de la etnia ixil. “De estas 1326 solo se determinó la edad de 197; 88 tenían entre 0 y 12 años; 85 entre 13 y 50; y 24 de tenían de 51 en adelante”, detalló el fiscal.
El tribunal escuchó la solicitud formal de MP en contra de los acusados. La pena exigida corresponde a 75 años de cárcel por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad. La fiscalía solicitó además la revocación del arresto domiciliario de Efraín Ríos Montt para que se le imponga prisión preventiva ante peligro de fuga a la espera de una sentencia.
Los jueces todavía deben escuchar los argumentos conclusivos de los abogados querellantes adhesivos, y los de la defensa, para dictar un veredicto.
El Tribunal ejecutó, con polémica, una orden de la Sala Tercera
Para llegar a esta etapa de conclusiones, primero el tribunal tuvo que acatar una orden de la Sala Tercera de Apelaciones. Los jueces reanudaron la audiencia de este miércoles conociendo lo indicado por los magistrados de esta instancia penal, consistente en restituir los derechos del abogado defensor de Ríos Montt, Francisco García Gudiel, hasta antes de ser expulsado de la sala de debate el primer día de audiencias
El tribunal, por resolución de la Sala Tercera, debía tramitar la recusación que García Gudiel presentó en contra de los jueces Yassmín Barrios y Pablo Xitimul, y suspender el debate hasta que dicha recusación fuera conocida por otro tribunal y se evaluara la petición de García Gudiel.
El tribunal pidió al abogado defensor que se pronunciara y planteara su recusación.
García Gudiel indicó que no era necesario repetir sus fundamentos. “Ya lo hice el 19 de marzo”, protestó. Tras deliberar, el tribunal explicó que daban trámite a la orden de la Sala Tercera, y que el abogado defensor había renunciado a su derecho de volver a recusar.
“La orden era dar trámite a mi recusación del primer día de debate. No repetirla ni volver a plantear mis argumentos”, protestó García Gudiel.
El tribunal decidió, a pesar de ello, reanudar el debate. Era el turno de escuchar a nuevos testigos de la defensa. Ninguno de los tres que faltaban por declarar a favor de los acusados asistió al debate. Los jueces indicaron que se había otorgado el tiempo suficiente para que estos testigos acudieran a la sala de audiencias, más de 10 días, desde el pasado 18 de abril. Y luego de deliberar durante varios minutos resolvieron dar continuidad al proceso e iniciar la fase de conclusiones. La última parte, justo antes de preguntar a los acusados si desean pronunciarse frente a las evidencias en su contra, y entonces emitir una sentencia.