Parece desfasado hablar de los acuerdos de paz en esta época del año, pero es necesario hacer un llamado sobre estos y refrescar la importancia generacional que tienen, especialmente ante el desconocimiento de la ley marco que los dota de carácter plenamente vinculante. Y se hace necesario en cuanto se ven surgir en el Congreso agendas legislativas denominadas regresivas, así como agendas políticas totalmente contrarias o incompletas para cumplirlos. Resulta preocupante que muchas de esas propuestas legislativas citen dichas agendas en sus exposiciones de motivos, pues es perverso confundir a la población.
El Acuerdo Global de Derechos Humanos, por ejemplo, dice: «El Gobierno no propiciará la adopción de medidas legislativas o de cualquier otro orden orientadas a impedir el enjuiciamiento y la sanción de los responsables de violaciones de los derechos humanos». Sin embargo, el diputado Linares Beltranena es ponente de dos iniciativas dirigidas a eso: la primera, a reformar la Ley de Reconciliación Nacional (perdón y olvido), y la segunda, a establecer una moderna forma de impunidad al reformar la Ley de Antejuicio (iniciativas 5,376 y 5,300).
El Acuerdo sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática dispone textualmente: «La seguridad es un concepto amplio que no se limita a la protección contra las amenazas armadas externas, a cargo del Ejército, o a la protección contra las amenazas al orden público y la seguridad interna, a cargo de la Policía Nacional Civil». Y en ese sentido, el mismo acuerdo, en su apartado 23, dispone que el Congreso de la República deberá reformar la Constitución para que la Policía Nacional Civil sea reconocida como institución estatal dentro de ella y para que sea clara su función de seguridad interna. Pero, en lugar de eso, el diputado Ubico y Alejos promueven una iniciativa de ley que reforme el decreto 40-2000 para que el Ejército sea permanente en funciones policiales (iniciativa 5,355). El Ejecutivo ha anunciado lo contrario, pero le falta promover la iniciativa de reconocimiento de la PNC en la Constitución.
El mismo acuerdo de paz dispone la reforma total de la Ley de Orden Público (iniciativa 4,985 del Congreso), que ya tiene dictamen de la CC y que sí se ajusta a los estándares internacionales. Sin embargo, esta reforma no es incorporada a la agenda. Además, aprovechándose de ello, el diputado Linares Beltranena promueve otras reformas a la misma ley, pero para que se declaren estados de sitio en las zonas donde hay pandillas, es decir, totalmente contrarias a los acuerdos de paz y al fortalecimiento del poder civil.
Así pueden citarse una serie de iniciativas de ley que todos los martes y jueves aparecen en la agenda del pleno del Congreso, pero todas, casualmente, son contrarias a los acuerdos de paz.
En cuanto a las nuevas generaciones, especialmente el presidente y el vicepresidente del Congreso, que no superan los 35 años de edad, es vergonzoso que promuevan este tipo de iniciativas de ley en la agenda llevándoselas de jóvenes, pues lo que sí demuestran es total desconocimiento de los acuerdos de paz. El fundamento legal para no seguir haciéndolo esta en el decreto 52-2005, Ley Marco de los Acuerdos de Paz, que, por contener disposiciones de máxima observancia para los tres poderes del Estado, desarrolla el derecho fundamental a la paz y por eso, por su carácter de ley marco, es parte del bloque de constitucionalidad.
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