Cuando el Congreso conoció la iniciativa de ley número 5182, quedó evidenciado que lo único que el sector ganadero buscaba eran privilegios fiscales abusivos e impunidad. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) emitió el dictamen conjunto DCC-SAT-82-2016, que indica que la aprobación de esta propuesta violaría los principios constitucionales de legalidad e igualdad, impediría el control y la fiscalización de las actividades beneficiadas y generaría una pérdida de 1 296.3 millones de quetzales. Pese a lo anterior, la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Congreso emitió dictamen favorable a esta.
La versión dictaminada resulta ser peor que la versión original. Además de la ganadería, el dictamen propone beneficiar a prácticamente todo el sector agropecuario, incluyendo el cultivo y la comercialización de café, azúcar, cardamomo y más de una docena de actividades con un régimen fiscal especial, con lo cual la pérdida de ingresos fiscales sería mucho mayor que la ya estimada por la SAT. Se propone que empresarios con ventas de hasta 10 millones de quetzales anuales paguen entre el 1 y el 3 % sobre ingresos brutos, un exceso si se toma en cuenta que el régimen actual para los contribuyentes pequeños contempla un pago del 5 % sobre ingresos brutos hasta de Q150 000 anuales. ¿Quién cree que un ganadero, cafetalero, azucarero o cardamomero con ventas de 10 millones de quetzales sea un contribuyente pequeño de la informalidad de subsistencia?
Además, la propuesta procura impunidad, ya que la única obligación formal para los beneficiarios sería llevar el libro de compras y ventas, con lo cual se limita severamente la posibilidad de control y fiscalización. Pero lo que es un insulto es la propuesta del criterio de «prevalencia de la buena fe», en la cual se le prohibiría a la SAT requerir información o documentos a los contribuyentes del sector agropecuario.
Los defensores de la propuesta dicen que el propósito es la formalización del sector agropecuario. Pero ¿por qué no lo hicieron en junio de 2013, cuando el gobierno de Otto Pérez regaló, mediante el decreto del Congreso número 1-2013, una amnistía que perdonó parcialmente impuestos omitidos y totalmente multas e intereses tributarios? ¿Por qué no lo hacen ahora con las rebajas de multas que establecen los artículos 89 y 91 del Código Tributario?
La verdadera motivación es que han entrado en pánico por la vigencia de la regulación del secreto bancario, que permitirá demostrar con documentos ante un juez que por décadas los empresarios del sector agropecuario han cometido delitos de evasión de impuestos y se han forrado ilícitamente con millones de quetzales.
Como agravante, el sector agropecuario no presentó su propuesta con humildad y vergüenza por ser evasores y por los delitos que han cometido. Desafiantes, amenazaron con que, si empiezan a pagar impuestos, entonces castigarán al consumidor subiendo los precios. Sin embargo, esta amenaza evidencia la comisión de delitos: el artículo 10 de la Ley del IVA establece que los precios ya incluyen el impuesto, por lo cual, si el vendedor no trasladó a la SAT ese IVA, este cometió el delito de apropiación indebida de tributos, tipificado en el artículo 358 C del Código Penal y sancionado con prisión de uno a cuatro años y con multa equivalente al impuesto percibido o retenido.
La propuesta debe ser rechazada enérgicamente porque es abusiva al procurar impunidad y porque el sector agropecuario pretende extorsionar a los consumidores amenazando con incrementos de precios. ¡Evasores y con garrote!
En esta época en la que vemos esfuerzos por depurar los poderes del Estado, el sector agropecuario está demostrando la urgencia de depurar también el sector privado empresarial.
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