El nuevo ministro de Gobernación, Francisco Rivas Lara, quiere sacar gente de la cárcel. Suena a locura (el impulso en Guatemala sería meter más criminales en prisión, no menos) pero de hecho no es una mala idea. La horrorosa administración del sistema de justicia y carcelario hace que los acusados cumplan la máxima sentencia del crimen por el que los detuvieron, antes de que los juzguen. En su espera pasan más tiempo en prisión preventiva que el correspondiente a su condena… un delirio.
A estos casos se les suman por un lado las personas que no entrañan riesgo para la sociedad y que bien pudieran esperar juicio en sus casas con otros medios de control. Por otra parte se encuentran los reos a los que se le pudiera hacer una adecuada redención de penas.
Parece por tanto lógico proponer una medida que busque sacar a gente de las cárceles que operan a un 300 por ciento de su capacidad, según lo señalado por el Ministro de Gobernación. Debido a su formación jurídica y su experiencia Francisco Rivas lo ve de la siguiente manera: puede liberar unas dos mil personas al agilizar el trámite (siempre el último responsable es el sistema de justicia) para los casos de torpeza administrativa y establecer medidas sustitutivas y redención para aquellos a los que se les puedan aplicar. Y he aquí el problema que queremos señalar en este artículo. Si el enfoque que juzga la peligrosidad es exclusivamente legal (es decir, si se decide el riesgo para la sociedad por el tipo de delito y no por el perfil criminal), el remedio puede ser peor que la enfermedad.
Las medidas sustitutivas solo tienen en cuenta peligro de fuga y obstrucción a la justicia, lo cual limita profundamente la evaluación del peligro que pueden entrañar determinadas personas dentro de la sociedad. Un modelo interesante para completar esta visión (y que es perfectamente aplicable a la filosofía de la política pública promovida por el Ministro) es la Ley de Redención de Penas. Dicha disposición contempla más factores basándose además de en el delito cometido, en un reporte de conducta, y, ahí sí, se da una evaluación de peligrosidad. El tipo de crimen es importante pero no nos dice mucho sobre la capacidad del individuo de readaptarse a la sociedad una vez quede en libertad. El informe de conducta dentro de la prisión es crucial para establecer criterios. Es aquí donde nos encontramos con el primer escollo administrativo. La realidad es que no existe control alguno dentro del Sistema Penitenciario que garantice un adecuado seguimiento de la conducta. En pocas palabras, podemos estar ante alguien que ha cometido una gran cantidad de delitos dentro de la prisión y en la mayor parte de los casos no tenemos información sobre esos hechos.
Por último, en cuanto a la peligrosidad, la Ley de Redención de Penas ambiguamente dictamina: “Para la clasificación de peligrosidad social a que se refiere el inciso 5° del Artículo 2 de esta ley, la Junta Central de Prisiones o Juntas Regionales se valdrán de exámenes biológico-criminales y de no ser posible, la averiguación o práctica de las diligencias que consideren oportunas, a fin de que en el acuerdo de peligrosidad social se expongan los motivos y fundamentos.”
Es alarmante la flexibilidad con la que se aborda el tema de peligrosidad. Primero por la arbitrariedad de la Junta de Prisiones (la que avala la media de redención), que ante la carencia de un debido protocolo de evaluación biológico-criminal acude a otros criterios, principalmente de procedencia legal. Una medición de peligrosidad que ignore los factores biológicos de la conducta está completamente obsoleta, pues la peligrosidad no es una noción jurídica, sino una condición clínica observable. Si queremos una adecuada evaluación de riesgo de reincidencia requerimos un detallado historial clínico criminológico.
¿Qué carencias tenemos en las instituciones de seguridad y justicia en este sentido? No es exagerado decir que nos falta prácticamente todo. No poseemos, para empezar, un protocolo de evaluación y categorización. La historia clínica criminal (HCC) es el documento clave para dicha labor. Este documento se asemeja al historial médico, ya que requiere una valoración detallada de la persona que se investiga. No se trata de una simple hoja de datos generales. El formato de la HCC tiene como objetivo adquirir y registrar información que permita el estudio del delito; el tipo de relaciones familiares; sociales, la escolaridad; antecedentes penales y el tipo de personalidad con sus características afectivo–psicológicas; capacidades neuropsicológicas y cognitivas e incluso la criminogénesis; el estudio del origen de la conducta criminal.
En resumidas cuentas, el HCC es una investigación cronológica que las características de un individuo y de su entornoc que llevan a un sujeto a cometer un crimen, considerando al criminal un ente bio-psico-social. Al terminar la recopilación de datos, el HCC servirá para el monitoreo y evaluación transversal del privado de libertad a lo largo de su sentencia. De esta manera podremos comparar datos de antes y después, y observar si se ha dado alguna mejora, utilizando esto como criterio para una posible redención de penas.
Luego se pasa a la etapa de análisis, que debe apegarse a un modelo de interpretación teórica y estadística que permita la operatividad de los datos que en su conjunto desarrollen los perfiles criminológicos. La base del estudio del individuo criminal es la visión integral de su actuación. La Criminología Clínica presenta el marco teórico mejor equipado para analizar e interpretar esos elementos.
Basándose en el diagnóstico de la HCC, la evaluación de peligrosidad debe iniciar identificando qué factores de riesgo criminógenos se relacionan con la conducta delictiva del individuo, y al mismo tiempo, identificar qué factores colocan al individuo en mayor riesgo de incurrir en comportamiento criminal en el futuro. Un factor de riesgo criminógeno es todo aquello que induce al individuo a una conducta antisocial, y que en un momento dado pueda pasar de factor a causa. Los factores criminógenos se dividen en factores: endógenos y exógenos. Los factores exógenos que mayor riesgo suponen son: desintegración familiar, asociación con compañeros criminales, drogodependencia, historial de abuso, negligencia familiar y desempleo. Los endógenos analizados más comunes son bajo cociente intelectual, deficiente rendimiento académico, traumatismo craneoencefálico, psicopatía, lesiones neurológicas y deterioro orgánico cerebral, deficiencias neuropsicológicas y cognitivas y trastornos psiquiátricos.
Una tendencia en la literatura ha sido ofrecer un análisis integral de estos factores de riesgo causales de la criminalidad. Estos no operan de manera aislada, más bien tienen un efecto acumulativo, y es ese valor ponderado el que nos indica el nivel de peligrosidad. Diferentes estudios sobre la etiología del comportamiento criminal han demostrado cómo muchos de los delincuentes han estado expuestos a diversos factores ambientales que los ponen en riesgo de generar deterioros neuropsicológicos que puede conducir a un comportamiento antisocial. Los déficits en la estimulación adecuada en las etapas cruciales del neuro-desarrollo pueden tener efectos irreparables sobre las capacidades cognitivas y de comportamiento social del individuo. Individuos con déficits neuropsicológicos son más propensos a la delincuencia debido a que sus habilidades de toma de decisiones y control de los impulsos operan deficientemente, lo que aumenta la posibilidad de cometer un crimen. El tratamiento de rehabilitación depende de los factores criminógenos. Si estos son exógenos lo más recomendable son tratamientos de tipo social. Por el contrario, si son endógenos lo indicado es la terapia psicológica, médica o psiquiátrica.
Son los factores de riesgo criminógenos los que nos indican el nivel de peligrosidad, el tipo de intervención de rehabilitación, y la probabilidad de reincidencia criminal. Se puede observar cómo hay un aumento de peligrosidad en cuanto a mayor cantidad de factores endógenos. Esto es porque los factores endógenos tienden a ser estáticos, o sea, son factores que no pueden ser cambiados. Por el otro lado, los factores exógenos son altamente dinámicos, y por eso la mayoría de programas de rehabilitación se enfocan en estos.
Clasificación
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EXO-CRIMINAL PURO
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EXO-CRIMINAL preponderante
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EXO-ENDO CRIMINAL
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ENDO-EXO CRIMINAL
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ENDO-CRIMINAL LATENTE
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ENDO-CRIMINAL PURO
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Peligrosidad
(diagnóstico)
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NULA
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MÍNIMA
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MEDIA
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MEDIA
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MÁXIMA
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PROBABLE
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Reincidencia
(prognóstico)
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NULA
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EXCEPCIONAL
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EVENTUAL
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POTENCIAL
|
PROBABLE
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IMPREDECIBLE
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Tratamiento
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VICTIMAL
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SOCIAL
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SOCIO
PSICOLÓGICO
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SOCIO
PSICOLÓGICO
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INTEGRAL
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PSIQUIÁTRICO
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La población criminal es un grupo muy heterogéneo de individuos, en muchos casos completamente distintos entre sí y eso debe ser tenido en cuenta dentro de toda política pública. Incluso habiendo cometido el mismo delito el trato de las autoridades públicas al reo debe ir orientada en función de las necesidades de terapia, capacidad para hacer frente a determinados entornos (penitenciarios o en medio libre), susceptibilidad a diferentes tratamientos de rehabilitación y probabilidad de reincidencia. La incapacidad de identificar y planear en función de estas diferencias no sólo es costoso y peligroso, sino que también impide al sistema penitenciario cumplir su función principal de rehabilitar. Sin un adecuado protocolo de evaluación ni un proceso de rehabilitación, ¿cómo se garantiza que al aplicar la redención de penas o medidas sustitutivas la persona está capacitada para operar adecuadamente en el medio libre y no incurrirá en actividades delictivas? La ley en necesaria como instrumento normativo, pero es incapaz de proveer un marco teórico adecuado para para desarrollar una política como la que quiere llevar a cabo el nuevo ministro de Gobernación.
Sabemos que la respuesta a estos dilemas será que el Estado de Guatemala no tiene las capacidades para desarrollar un proceso tan complejo, pero por algo se empieza.
Kane Matheu y Daniel Haering son investigadores del Centro Ibn Khaldún de la Universidad Francisco Marroquín y trabajan en un documento que servirá para desarrollar estas ideas y fomentar el debate.
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