Creompaz, el secreto militar y un caso que no avanza
Creompaz, el secreto militar y un caso que no avanza
El golpe judicial que el MP asestó en enero de 2016 a parte de la cúpula militar de los años 80 parecía ser un nocaut. Pero con el paso del tiempo, todo indica que no será tan fuerte como se pensaba. Se redujo el número de acusados, nueve de ellos están prófugos; de las 152 víctimas que planteó el MP, el juzgado solo aceptó 29 y rechazó varios documentos militares como evidencia. Sin fecha para continuar un proceso que se ha llenado de trabas y amparos, el emblemático caso de desaparición forzada aún lucha por recobrar las fuerzas desde una trinchera mucho más modesta.
Lo que hallaron bajo la tierra fue un verdadero infierno: 565 cuerpos distribuidos en 84 fosas. Estaban atados de pies y manos, amordazados y con vendas en los ojos. El sitio que hoy ocupa el Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de la Paz (Creompaz) fue un cementerio clandestino durante siete años, de 1981 a 1988.
La escena dantesca dio pie a que se llevara un proceso penal particular en el que están sindicados de desapariciones forzadas y delitos contra los deberes de humanidad, ocho militares que dirigieron y operaron en la referida Zona Militar, entre ellos Benedicto Lucas, hermano del expresidente Romeo Lucas. Para el abogado del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) Héctor Reyes, este proceso vuelve a situar a Guatemala en “el mapa de la justicia”. “Es el primer caso de Latinoamérica en que se encuentra tal magnitud de restos de víctimas en una zona militar” asegura.
El caso inició en el juzgado dirigido por Claudette Domínguez, pero desde junio del año pasado fue trasladado al Tribunal A de Mayor Riesgo, el cual preside Yassmin Barrios, aún falta una audiencia de ofrecimiento de prueba previo a comenzar con el debate oral y público.
Para entonces ya había indicios de que el caso judicial no sería tan contundente como se presentó unos días antes del cambio de mando presidencial, el 11 de enero de 2016, pues la jueza Domínguez había reducido la cifra de sindicados por sobreseimientos, faltas de mérito o clausuras provisionales, y también era evidente la disminución de hechos por los cuales se le perseguía al alto mando y oficiales destacados en Cobán durante los años 80.
De 152 víctimas que planteó el Ministerio Público (MP) en un inicio, la jueza sólo aceptó 29. Tampoco tomó en cuenta a las víctimas de violencia sexual. Domínguez le espetó a la fiscalía que no había imputado a las víctimas desde un inicio, lo que los investigadores contradicen pues argumentan que conforme avanzó la investigación, más víctimas fueron identificadas.
Además en enero retiró el arraigo que apenas un mes antes había decretado contra el exdiputado Édgar Justino Ovalle Maldonado, uno de los señalados en el proceso (era oficial de operaciones en 1983 en la zona militar), lo que derivó en una posterior fuga del militar fundador de la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala y el Frente de Convergencia Nacional, el partido que llevó a Jimmy Morales a la Presidencia.
En un año y medio, el MP ha presentado una serie de amparos y casaciones por las inconformidades que han derivado del caso y la defensa ha provocado que no se admitan los planes operativos de Victoria 82 y Firmeza 83, así como el Manual de Guerra Contrasubversiva –la jueza los consideró secretos militares–, además de evitar la presencia de la Coordinadora Nacional de Viudas (Codevi) como querellante del proceso.
A la espera de desentrañarse el caso y de que continúe la audiencia de ofrecimiento de pruebas que quedó pendiente, son ocho los militares que fueron enviados a juicio: Manuel Benedicto Lucas García, Raúl Dehesa Oliva, Carlos Augusto Garavito Morán, César Augusto Cabrera Mejía, José Antonio Vásquez García, Byron Humberto Barrientos Díaz, César Augusto Ruiz Morales y Juan Ovalle Salazar.
Trabas, quejas y secretos
Que en Creompaz se enterraban a los desaparecidos fue algo que se conoció desde 2000, cuando víctimas del conflicto lo contaron en la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos de Guatemala (Famdegua), pero fue hasta 2012 que se tomaron acciones para verificarlo. Durante una de las audiencias por la masacre de Plan de Sánchez, ocurrida el 18 de julio de 1982, varios testigos le indicaron a la juez Yassmin Barrios que en la Zona Militar No. 21, donde hoy funciona Creompaz, solían enterrar a las víctimas.
La juez Barrios pidió entonces al Ministerio Público (MP) que fuera a Creompaz, en la finca Chicoyogüito a cinco kilómetros de Cobán, Alta Verapaz, a investigar si era verdad lo que se decía a voces. Con la guía de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) lograron determinar no solo la existencia de osamentas enterradas, también que funcionó como fosa común durante muchos años.
Los investigadores han exhumado 565 osamentas, de estas 150 han sido identificadas mediante ADN como víctimas del conflicto armado interno. Desapariciones masivas como la de las comunidades de Pambach y Río Negro, Alta Verapaz, en 1982, fueron halladas en estas fosas.
Durante sus resoluciones, la jueza Claudette Domínguez ha insistido en que el MP no ha acusado de manera correcta a los militares sindicados, ya que ha elevado el número de víctimas identificadas, además critica que el MP agregó el delito de violación sexual que no estaba incluido cuando se les ligó a proceso. De ahí que hayan salido libres algunos o se hayan caído varios de los hechos. Además, hay nueve prófugos encabezados por el exdiputado Édgar Ovalle.
Antes las acciones de la juez el MP presentó un recurso de actividad procesal defectuosa,"la jueza dijo que el MP no había imputado a las víctimas de desaparición y violencia sexual y sí se hizo, solo que cambiaron de estatus al ser identificados mediante ADN por la Fundación de Antropología Forense (FAFG) porque la investigación ha seguido su curso”, explica la fiscal Elena Sut Ren, quien sustituyó en julio del año pasado a Hilda Pineda, quien ahora dirige la Fiscalía de Derechos Humanos.
Sut Ren apunta que la juez Domínguez tampoco tendría que haber conocido la apelación de la defensa de impedir la participación de Codevi como querellante, pues “se trata de un proceso penal y, sin embargo, lo conoció y dio con lugar. Entonces pedimos el amparo y desde junio del año pasado sigue pendiente”.
La auxiliar fiscal del caso, Elena Mijangos, añade que “no queremos que se pronuncie a favor de un sentido u otro, sino que emita una resolución. Este proceso detenido no solo afecta a víctimas, sino también genera incertidumbre a los acusados”.
Hasta ahora, indica Mijangos, “no hay certeza de por qué víctimas se les juzgará a los ocho imputados”.
El abogado de CALDH, Héctor Reyes, quien representa a la comunidad de Plan de Sánchez como querellante en el caso, no encuentra viabilidad en el proceso debido a las decisiones de la juez, a quien no recusarán para no atrasar el proceso. “Sentimos que nos mata el caso la juzgadora. Nuestro mejor escenario es poder demostrar la participación de los acusados en lo sucedido y que existe ese patrón de desaparición forzada. Pero conforme ha resuelto la juzgadora, las víctimas quedan en indefensión. Solo podremos avanzar cuando se pronuncie la CC”, afirma Reyes.
Sobre esta y las demás inconformidades de fiscales y defensores fue consultada la juez Claudette Domínguez dentro de su despacho. Sin embargo, indicó que no daría entrevistas. “Soy respetuosa de los procesos y no voy a responder para evitar ser parcial de uno u otro lado”, se limitó a decir.
El secreto militar
Otra decisión de la discordia es que la juez Domínguez haya obviado los planes Victoria 82, Firmeza 83 y el Manual de Guerra Contrasubversiva por considerarlos “secreto militar”.
Domínguez se ampara en el artículo 30 de la Constitución Política, que habla de la “publicidad de los actos administrativos”. Este indica que todos los actos de la administración son públicos. “Los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia”.
A lo que se suma el artículo 23 de la Ley de Acceso a la Información Pública, el cual indica que se considera información reservada “la relacionada con asuntos militares clasificados como de seguridad nacional”.
Pero el artículo siguiente de la misma ley indica que “en ningún caso podrá clasificarse como confidencial o reservada la información relativa a investigaciones de violaciones a los derechos humanos fundamentales o a delitos de lesa humanidad”.
Durante el caso de genocidio que se llevó a cabo entre 2012 y 2013, hubo un intento similar de la defensa del general José Efraín Ríos Montt por impedir el uso de estos planes, sin embargo le fue denegada.
Édgar Pérez, director del Bufete Jurídico de Derechos Humanos y representante en el caso de la Asociación de Familiares y Detenidos Desaparecidos de Guatemala (Famdegua) recuerda que entre 2006 y 2009 llevaron a la CC la solicitud para poder desclasificar los planes y así poder utilizarlos. La resolución fue aprobatoria. El exmagistrado Napoleón Gutiérrez dictó en aquella oportunidad que “no se puede restringir el uso ni alegar secreto militar cuando de derechos humanos y delitos de lesa humanidad se trate”. Además, la CC indicó que el secreto militar debía invocarse únicamente cuando de soberanía a elementos del Estado se trate.
“Esos planes decían explícitamente que se debía aniquilar al enemigo, el cual también llega a fuerzas y comités clandestisos, hasta los grupos de apoyo o simpatizantes locales”, apunta Pérez y enfatiza que la paz ya está firmada, por lo tanto “no haría sentido mantener ocultos estos planes que se usaban en la guerra contrasubversiva”.
Finalmente, explica el abogado de Famdegua, los acusados “quieren encubrir algo que se sabe que está al margen de la ley y por eso buscan que no se utilicen estos documentos en los juicios o que no se publiquen”.
Pero el general retirado Julio Arnoldo Balconi Turcios, exministro de la Defensa Nacional (1996-1997) lo observa desde otra arista. El secreto militar, puntualiza, se refiere a toda la actividad que realiza el Ejército en el territorio nacional para mantener la seguridad y la defensa de la nación. “Como no define cuáles son los asuntos militares, son todos. Los jueces deben tener cuidado de aplicar la ley como corresponde. No se deben usar los planes por asunto militar confidencial”, indica.
Según Balconi Turcios, “la legislación constitucional priva todo lo demás; lo que dice el artículo 30 está encima de cualquier otro artículo de la legislación ordinaria, como la Ley de Acceso a la Información”.
Pero lo cierto es que los planes han sido la punta de lanza del Ministerio Público en otros procesos.
“Estos planes operativos del Ejército han sido utilizados en los casos de las Dos Erres, Plan de Sánchez, Choatalum, genocidio ixil. Y encima ahora hay más planes que fueron secuestrados por el juez Miguel Ángel Gálvez en 2016. ¿Cómo vamos a demostrar la estructura de mando si no nos permite usar la ley constitutiva del Ejército?”, se pregunta el abogado Héctor Reyes.
Gálvez desclasificó el 31 de marzo del año pasado los planes de campaña: Firmeza 83, Reencuentro Institucional 84, Estabilidad 85, Consolidación 86, Fortaleza 87, Unidad 88, Institución 89 y Avance 90. Mientras que en 2008 ya habían sido sujetos del mismo proceso los planes de campaña Sofía y Victoria 82. Según indicó el juzgador: podrían ser utilizados en investigaciones en curso y casos de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y masacres.
Jorge Lucas Cerna, abogado defensor e hijo del general Benedicto Lucas, se queja de que querellantes y fiscales suban al internet los planes y los acusa de que, por ello, “las maras están mejor organizadas, porque ahora conocen el plan de organización del Ejército”. Además asegura que “los planes no fueron elaborados por Benedicto porque él salió en marzo de 1982 de la estructura de mando. El MP oculta esas verdades”.
“Ya está escrita la condena”
“Barrios ya mostró su preferencia hacia cierto grupo y su aberración a militares. Esa sentencia está escrita y es condenatoria”, afirma categórico el abogado defensor Jorge Lucas Serna. Pese a que el caso ha disminuido en tamaño y a su padre se le imputaron tres desapariciones en lugar de 12, Lucas Cerna se encuentra inconforme. El jefe del Estado Mayor del Ejército de 1978 a 1982, será juzgado de cualquier forma.
Al jurista le gusta explayarse en sus intervenciones e insistir en la conspiración de la que asegura es objeto su cliente; su padre. “Hay vicios que vienen desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual se extendió en sus facultades. No puede decirle a nuestro Estado que se sancione a los culpables, ni tampoco es correcto que se use de manera retroactiva el delito de desaparición forzada, el cual entró en vigor en 1996 en nuestro país”, argumenta el abogado defensor.
Lucas Cerna añade que también la CC ha emitido “resoluciones violatorias a derechos humanos por cuestiones ideológicas”.
Querellantes y fiscales no pierden la fe en conseguir condenas, aunque no ocultan su inconformidad por la disminución de víctimas y hechos que la juez mandó a juicio. Aunque no sea el mismo tamaño, el caso tiene la misma magnitud histórica, explica el jefe de la Unidad de Casos Especiales del Conflicto Armado del MP, Érick de León. “Las 565 osamentas, las 84 fosas, todo eso es real. Todo se encuentra en una de las zonas militares más importantes del conflicto armado. Que haya dejado únicamente 29 víctimas, como una muestra, no significa que deja de ser importante el caso”, describe De León.
Mientras que la fiscal Elena Sut, insiste en que “se logró demostrar las perforaciones, cortes, amarres, orificios causados por proyectiles de arma de fuego, todo. Es de resaltar que una de las fosas está a tan solo 300 metros de la comandancia”.En el proceso el MP ha logrado desbaratar la teoría de la defensa que aseguraba que las víctimas eran en realidad personas enterradas en cementerio o víctimas del terremoto de 1976. “Cuando tiembla nadie comienza a amarrarse de pies y manos o taparse los ojos”, añade irónica Sut Ren.
El caso sobrevive en la incertidumbre. Ni siquiera la resolución de las salas de apelaciones o la CC definirán el rumbo impreciso de este caso que se ha dormido en una telaraña de resoluciones, acciones y tropiezos de todos sus actores.
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