Para reducir la alta morbilidad (proporción de personas afectadas por esas ENT) se busca reducir el consumo de unos pocos nutrientes, apenas azúcares libres, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans y sodio. Esto no se señala como una deficiencia de la iniciativa, sino para mostrar que, desde el punto de vista de los derechos del consumidor, sigue haciendo falta control e información sobre otros componentes y nutrientes responsables de las altas tasas de ENT, como los colorantes, los sabores artificiales, los preservantes, los contenidos de productos genéticamente modificados y otros que, sin embargo, deben aparecer en las listas de ingredientes y no en los sellos frontales (que de eso trata la iniciativa, aunque mencione la tabla de contenido de ingredientes).
Al consumidor le interesa saber qué tipo de azúcares (edulcorantes) le agregan a sus alimentos (hay unos más dañinos que otros), el origen de las distintas grasas animales y vegetales (jamás será lo mismo un aceite de oliva que uno de palma africana) y la naturaleza de los saborizantes y colorantes (naturales, artificiales, en listas prohibidas en otros países…).
Las tablas de contenido de nutrientes suelen esconder los detalles de los elementos ya citados, y eso es un tema que no se aborda, a pesar de que es la base para determinar cuándo se exceden los límites permitidos para los nutrientes críticos. ¿Cómo hacerlo si no está declarado con el detalle suficiente para hacer la evaluación?
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A este punto, es necesario llamar a la reflexión sobre algo muy importante: ¿por qué es necesaria tanta inversión de recursos para normar el etiquetado frontal de alimentos? Este proceso debe presentarse como iniciativa de ley, pasar por comisiones de trabajo, superar enmiendas y tres lecturas en un foro donde los lobistas y algunos diputados, que no actúan sin obtener algo a cambio, generan constantes tensiones, para finalmente enfrentarse a intereses particulares que pueden hundir el proyecto. ¿Para qué existe entonces un Ministerio de Salud? Todo esto podría resolverse si se modifican las atribuciones del MINSAP, empoderándolo para emitir normativas pertinentes en materia de salud.
Veamos lo que aún falta: una normativa más exigente para los listados de ingredientes, información sobre su cantidad y su aporte al requerimiento nutricional diario, y normas de publicidad que eviten prácticas engañosas. Todo ello deberá ser desarrollado por el MINSAP, al que se le ha asignado la elaboración del reglamento de la ley.
Estamos mal con ese enfoque tan intervencionista en las funciones del Organismo Ejecutivo. Si los expertos están en ministerios y otras instituciones, ¿por qué tanta pequeñez debe sobrevivir al viacrucis parlamentario? Lo que se obtiene es un debilitamiento de la función pública.
Con esto no se critica a la Iniciativa 5504 en sí, solo se quiere recordar que son los expertos y no los políticos del Congreso quienes deben resolver estas carencias de normas. Se pierde la perspectiva global. El Congreso debe fortalecer a las instituciones y asegurarse de que las buenas iniciativas reciban el financiamiento necesario en el presupuesto nacional. Qué bueno que alguien se preocupó por el etiquetado frontal, pero pasarán otros veinte años antes de que se complete el esquema normativo para reducir las ENT vinculadas a la mala alimentación. El trabajo legislativo debe ser a un nivel superior, dígase la ley que rige al MINSAP y le asigna funciones. La salud de la población es un asunto de políticas públicas, que no son del ámbito del Congreso. Este está para fortalecerlas, pavimentar su camino y fiscalizarlas.
Necesitamos más espacio para finalizar esta contribución al análisis de la Iniciativa 5504. También vamos a conocer el contexto general de estas iniciativas y a revisar un poco el elemento común dondequiera que un gobierno ha intentado fortalecerlas: la oposición sistemática y poco creativa de los fabricantes de alimentos preenvasados. Acompáñenos en la próxima columna.
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