Sin embargo, hay temas pendientes. Por ejemplo, si bien la Constitución de la República (artículo 24) garantiza que es punible revelar el monto de los impuestos pagados, las utilidades, las pérdidas y cualquier otro dato referente a las contabilidades revisadas a personas individuales o jurídicas, este derecho se pierde al estar abierto un proceso civil o penal. Tal es el caso de las empresas que defraudaron al Estado formando parte de la estructura de La Línea. Resulta imperativo que la ciudadanía conozca no solo a los funcionarios que le roban, sino también a los mal llamados empresarios que le roban.
El tema del contrabando y la defraudación aduanera no es el único problema que enfrenta la administración tributaria, sino también los elevados niveles de evasión y elusión en el pago de impuestos. Estudios especializados y declaraciones del presidente de la República revelan que en Guatemala la tasa de evasión del impuesto al valor agregado es cercana al 38% y que en el caso de impuesto sobre la renta llega al 64%. Sobre este último impuesto es preciso hacer una desagregación entre las personas individuales, cuya tasa de evasión se estimó en 62.8 y 69.9% para el caso de las personas jurídicas. Una de las mayores a nivel latinoamericano, por cierto, y que refuerza el argumento de que una de las razones por las cuales el país recauda tan pocos impuestos es porque tiene una institucionalidad extremadamente débil para tales fines, que se suma a las amplias exenciones (incentivos fiscales), a la baja tributación de las rentas del capital y a la no tributación de renta mundial.
Aparte de la institucionalidad, un segundo aspecto importante para la transparencia es la legislación. Particularmente en el caso guatemalteco, existe un tema fundamental sobre el cual el Congreso se rehúsa a legislar: el secreto bancario. Esto permitiría a la administración tributaria vincular declaraciones de impuestos con estados de cuenta bancarios para hallar explicaciones a las incongruencias detectadas en las declaraciones. De igual manera, es importante que el Ministerio de Finanzas agilice la firma de convenios de intercambio de información fiscal con otras naciones. En Centroamérica, Panamá lidera este esfuerzo, que a través de la ley 33-2010 faculta al Gobierno para celebrar convenios intercambio de información tributaria. A su vez, recientemente la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de ley 167, que establece medidas contra el blanqueo de capitales.
Además de la institucionalidad y la legislación, hay un elemento fundamental en la lucha contra la corrupción que no es impositivo, sino voluntario: la participación ciudadana. Como ejemplos se pueden citar Turquía y Brasil, Gobiernos que en 2014 provocaron la indignación de sus ciudadanos mediante escándalos de corrupción. La manifestación pacífica del sábado 25 de abril les recuerda a los gobernantes el poder de la ciudadanía y les exige un adecuado uso de los impuestos que todos pagamos.
La próxima vez que toque salir a las calles a manifestar en contra de la corrupción, recuerde, estimado lector, que esta no ocurre únicamente en el Gobierno, sino también en las empresas jurídicas o individuales que evaden y eluden el pago de impuestos. La transparencia también es responsabilidad de ellos y de todos.
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