Se han cumplido 47 años desde que tuvo lugar la masacre de Panzós. Un hecho criminal que el entonces alcalde Walter Overdick, en su declaración ante el tribunal que conoce el caso, relata como un hecho totalmente premeditado. Un crimen en el que participaron el terrateniente Carlos Wohlers, en cuya finca se planificó la acción. Se argumentó que la presencia del ejército era necesaria ante las movilizaciones de la comunidad, que reclamaba sus tierras arrebatadas mediante procedimientos ilegales.
De tal suerte que los soldados llegaron a Panzós el 27 de mayo y se instalaron en la alcaldía municipal. En los techos de ese edificio y otros cercanos también se apostaron soldados con ametralladoras. Desde estos puntos y desde la alcaldía misma salieron los disparos que acabaron con la vida de medio centenar de personas, entre ellas Mamá Maquín. Los testimonios presentados ante los tribunales narran cómo la masacre fue el resultado de una acción criminal orientada a disputar la tierra a las comunidades, mediante el uso arbitrario de la ley para el despojo y de las armas para la represión.
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A casi medio siglo de estos hechos que sembraron dolor en el pueblo q’eqchi’, poco han cambiado las cosas en la región. En marzo de este año fue capturado el dirigente comunitario Luis Xol Caal. Captura que se ejecuta, pese a que su comunidad cuenta con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La justificación de la captura son las acusaciones espurias de empresarios, coludidos con el Ministerio Público (MP), que da base a las acciones represivas mediante el uso del llamado derecho penal del enemigo. Una adaptación en la ley de la tenebrosa Doctrina de Seguridad Nacional (DSN). Guía ideológica de la acción contrainsurgente del terrorismo de Estado que derivó en genocidio durante el Conflicto Armado Interno.
Otras víctimas del derecho penal del enemigo son Rosa Ich Xi, Olivia Mucú y Angelina Coy Choc, mujeres de la comunidad Semuy II. Ellas fueron acusadas falsamente de ser responsables de la muerte de tres soldados en septiembre de 2019. Lejos de investigar a fondo qué hacían buscando supuestas pistas de aterrizaje de narcoavionetas en un terreno que no era apto para ello, las fuerzas armadas de Guatemala han mantenido una versión falsa de los hechos. Angelina Coy Choc fue herida de bala y, hasta el momento, no le ha sido extraída de la cadera, en donde se alojó el proyectil.
Según organizaciones solidarias con ellas, la negativa de brindar atención médica —lo que constituye tortura— a una mujer indígena privada de libertad, se debe a que esto confirmaría la versión de las acusadas. Ellas sostienen que los disparos no provenían de la comunidad, sino de la misma patrulla, que, en medio de la histeria, habría ejecutado a sus propios integrantes y herido a la señora Coy.
Al igual que en Panzós, hace 47 años, en Semuy II, la disputa por la tierra sería la razón de las acciones militares y el contubernio entre empresarios, ejército y autoridades judiciales. El medio El Observador señala en su publicación El ataque militar a la comunidad Semuy II que esta «era el centro de reunión y decisión de la Resistencia Q’eqchi’ del sur del Lago de Izabal; no solo ante la inmediatez de las plantaciones de palma africana de la corporación NaturAceites, S.A., sino ante la avanzada minera en el atlántico».
Una resistencia que hoy también enfrenta la violenta expulsión de sus comunidades mediante desalojos que, en los hechos, constituyen prácticas contrainsurgentes orientadas al aniquilamiento de comunidades indígenas. En definitiva, el derecho penal del enemigo continúa siendo utilizado como estrategia de despojo y represión.
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