Un modo bastante común de actuación en autoridades nacionales a lo largo de la historia. Una conducta que sigue estando presente y que dibuja las actuaciones de funcionarias y funcionarios en distintos campos de la administración. Y ha sido precisamente ese comportamiento el que ha caracterizado la actitud de las autoridades hacia dos personas que actúan en campos distintos de la vida nacional.
La tarde del martes 30 de mayo, las redes sociales daban cuenta de la retención por parte de agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) del coordinador general del Comité de Unidad Campesina (CUC), Daniel Pascual Hernández. El dirigente social retornaba, junto con otras personas de su organización, del municipio de Panzós, Alta Verapaz. Un día antes habían participado en la conmemoración del 39 aniversario de la masacre perpetrada por elementos del Ejército contra comunitarios que reclamaban la legalización de sus tierras y la devolución de los territorios de los que fueron despojados. Más de 30 víctimas fatales fue el resultado de la emboscada, en la cual los elementos castrenses se apostaron en los techos de los edificios públicos del municipio, desde donde dispararon. Una masacre recordada año con año como expresión extrema de la arbitrariedad estatal.
De ese acto conmemorativo retornaban Pascual y sus colegas cuando, a la altura de El Boquerón, en la ruta entre El Estor y Río Dulce, los efectivos de las patrullas identificadas con los registros Difep-005 y GEP-007 les hicieron el alto. Luego de parar e identificarse, resultó que los agentes les requirieron las llaves del vehículo del CUC y retuvieron el documento personal de identificación (DPI) de las pasajeras y los pasajeros. Durante una hora aproximadamente, los agentes de la PNC (que al parecer no pertenecían a comisarías del entorno) tuvieron retenidos los DPI, las llaves del vehículo y, de este modo, a las personas propietarias de estos bajo el argumento de que investigaban a Pascual. Tan solo los dejaron libres cuando comprobaron que el dirigente del CUC tenía medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante las constantes amenazas que enfrenta.
Sin motivo aparente fue retenido, al igual que quienes lo acompañaban, tan solo porque una persona que ostenta autoridad policial así lo decidió en un trayecto alejado de la ciudad. Cabe preguntarse cuántas personas más han sido víctimas de atropellos similares y no han podido denunciarlo.
Pero las arbitrariedades también afectan a otras personas. Ahora se trata del coronel Édgar Rubio Castañeda, autor de un libro ya éxito de ventas por su contenido crítico a las fuerzas armadas en tanto brazo militar de las élites económicas que detentan el poder. Rubio Castañeda no solo proviene de las filas castrenses, sino que además se encuentra en activo y resulta ser el primer oficial de su categoría que públicamente cuestiona el rol jugado por su institución.
Esta, la institución armada, lejos de actuar con base en la ley, aprovecha las normas internas, pero en forma arbitraria. El oficial que cuestiona el accionar del Ejército ha sido llevado a una junta de honor para que pruebe la veracidad de sus afirmaciones. Es decir, el Ejército no le cuestiona que escriba y opine con o sin permiso de sus superiores. Le cuestiona el contenido de lo que afirma. Una conducta por demás caprichosa por parte de la institución, a la vez que representa la confirmación de las reflexiones contenidas en el ensayo publicado por el funcionario castrense. A saber, que la institución armada de Guatemala ha sido la garante del sistema de exclusión y ha funcionado al servicio de un reducido número de familias que se benefician del control del poder político, económico y judicial, situación que habría llevado al instituto castrense a violar derechos humanos y a resguardar entre sus filas a oficiales corruptos y ligados al crimen organizado. De tal magnitud es el abuso en el manejo del proceso que al coronel Rubio Castañeda le ha sido negada la legítima defensa, una garantía que hasta los oficiales condenados por genocidio han disfrutado.
En tal sentido, cabe requerir a la Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP) de la PNC que investigue la acción arbitraria de sus agentes. A la vez, las denuncias correspondientes en otros ámbitos también deben ser presentadas y procesadas. Mientras, es necesario observar el desarrollo de la acción contra el coronel Rubio Castañeda, por lo que el Procurador de los Derechos Humanos (PDH) debe abrir expediente, iniciar la investigación y sancionar como corresponda en ambos casos.
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