Justicia salva de prisión a militares acusados de violaciones de derechos humanos
Justicia salva de prisión a militares acusados de violaciones de derechos humanos
Fueron condenados por los vejámenes que denunció Emma Molina Theissen y la desaparición forzada de su hermano, Marco Antonio, en 1981. Los tres militares están ancianos, enfermos y los magistrados de tres cortes accedieron a realizar una excepción legal para concederles prisión domiciliaria. La familia Molina Theissen reclama que el sistema privilegió a los victimarios y se olvidó de las víctimas.
Hace cinco años Manuel Benedicto Lucas García, Manuel Callejas y Callejas y Francisco Luis Gordillo Martínez fueron condenados por delitos de deberes contra la humanidad, violación con agravación de la pena y, los dos primeros por desaparición forzada. Las condenas fueron de 58 y 33 años, pero el viernes 9 de junio les permitieron dejar el Hospital Militar, que fue su cárcel durante varios años, para cumplir prisión domiciliaria sin vigilancia.
Los tres militares retirados son adultos mayores y padecen varias enfermedades. Benedicto Lucas García está cerca de los 91 años. Los otros dos son contemporáneos. Los tres son rostros vivientes del anticomunismo de los 80, de la Guatemala militarizada que sometía a los civiles y luchaba contra la guerrilla y las ideas diferentes a través de la fuerza.
Lucas García fue jefe del Estado Mayor del Ejército de Guatemala durante el gobierno de facto de su hermano, Romeo. Francisco Luis Gordillo Martínez fue jefe de la base militar de Quetzaltenango y después formó parte de la sublevación que derrocó a Romeo Lucas del poder. Gordillo Martínez formó parte del triunvirato que quedó a cargo de administrar el mando junto al general Efraín Ríos Montt, en 1982. Manuel Callejas y Callejas fue director de la sección de inteligencia militar.
Los tres militares y otros 13 fueron detenidos en 2016 en un esfuerzo de la Fiscalía de Derechos Humanos por juzgar los crímenes contra la humanidad cometidos durante el conflicto armado interno. A Callejas y Callejas y a Manuel Benedicto Lucas García los acusaron y sentenciaron porque tenían «cadena de mando», es decir que tomaban decisiones y conocían de las acciones de sus subalternos.
El tribunal que los sentenció aseguró que el Ejército tenía una estructura vertical que hacía imposible que el alto mando quedara ajeno a lo que ocurría en los territorios en conflicto. A Gordillo lo encontraron culpable porque los vejámenes que sufrió Emma Molina Theissen ocurrieron en la sede militar que él dirigía.
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Abatidos por la edad y las enfermedades, los tres pidieron que les permitieran una medida sustitutiva de cárcel, una petición imposible porque a los acusados de violación con agravación de la pena no se les puede conceder libertad.
Los tres militares retirados pasaron la mayor parte de los últimos siete años detenidos en el Centro Médico Militar, pero desde que fueron detenidos trataron de librarse de los cargos. A través de la abogada Karen Fisher, una exfiscal contra la corrupción a inicios del 2000, denunciaron a las integrantes de la familia Molina Theissen por supuestamente haber simulado la desaparición forzada del niño de 14 años, Marco Antonio Molina Theissen.
A propósito de que la sentencia contra los tres militares no está firme, pues quedan recursos legales sin resolver por los tribunales, en 2020 presentaron un requerimiento de prisión domiciliaria que pasó por juzgados, salas de apelaciones, Corte Suprema de Justicia, hasta llegar a la Corte de Constitucionalidad en 2022.
Aunque en aquel momento los magistrados resolvieron en contra, como es usual cuando se trata de estos delitos, en 2023 cambiaron de opinión. En marzo ordenaron que la Sala de Apelaciones de Mayor Riesgo volviera a conocer la petición y resolvieran lo contrario a lo que dice el artículo 264 del Código Procesal Penal.
En un párrafo adicionado en 1996 y reformado en 2013 se lee: «No podrá concederse ninguna de las medidas sustitutivas enumeradas anteriormente en procesos instruidos contra reincidentes o delincuentes habituales o por delitos de homicidio doloso, asesinato, parricidio, violación agravada…».
La Corte de Constitucionalidad hizo una excepción especial para Callejas y Callejas, Benedicto Lucas García y Gordillo al indicar que «en otros términos no era dable aplicar de manera tajante aquella (sic) prohibición… por cuanto el caso de los ahora postulantes los peligros de obstaculización a la averiguación de la verdad y el de fuga no podrían configurarse dadas las condiciones personales de cada uno…».
Los representantes legales de la familia Molina Theissen acudieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y presentaron varios recursos para evitar que esa resolución fuera ejecutada. No funcionó.
La familia Molina Theissen tardó 37 años en conseguir justicia por lo que vivieron y el cuerpo de Marco Antonio jamás apareció. Aunque la Corte requirió al Estado que se abstuviera de ejecutar la resolución de la Corte de Constitucionalidad para «evitar un daño irreparable al derecho de acceso a la justicia de las víctimas», el pedido solo sirvió para retrasar la orden.
Este viernes, 9 de junio, la Sala de Mayor Riesgo denegó un último recurso presentado y decidió resolver. «…de acuerdo a las reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de libertad y las consideraciones en cuanto a las sentencias dictadas por la Corte de Derechos Humanos, este tribunal considera que en congruencia con estas consideraciones en el presente caso es procedente el otorgamiento de medidas sustitutivas de la prisión a Francisco Luis Gordillo Martínez, Manuel Callejas y Callejas y Manuel Benedicto Lucas García», leyó la magistrada presidenta Anabella Cardona.
A los tres se les permite el libre tránsito en el departamento de Guatemala, y a Lucas García también en Alta Verapaz, de donde es originario. Pidió que le permitieran transitar por Guatemala para atender consultas médicas.
El representante legal de Hugo Saldaña Rojas, quien también fue condenado en 2018 pidió que le permitieran tener el mismo beneficio que a sus colegas, pero la magistrada Cardona indicó que no podía atender la petición.
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Los representantes de Emma Molina indicaron que los responsables de esta resolución son los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, porque ante ellos presentaron un memorial que no fue resuelto y que, a su consideración, impedía la realización de la audiencia.
En un comunicado, el Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh) resaltó que la medida sustitutiva genera retrocesos en derechos humanos y contraviene los convenios y tratados internacionales firmados por el Estado de Guatemala.
Durante la audiencia, la abogada Jovita Tzul, quien representa a Emma Molina Theissen, quien durante años buscó justicia por los abusos sexuales, detención arbitraria y otros vejámenes sufridos, apuntó que el artículo 17 de la Convención de Viena manifiesta que no se puede alegar el derecho interno para el incumplimiento de los tratados internacionales.
La posición de la familia y de sus abogados ha sido que el objetivo de esta resolución fue proveer impunidad porque a los militares «no se les violó su derecho» a la salud al estar recluidos en un centro médico.
«Constituye un duro revés y un duro golpe a las víctimas que por muchos años han luchado para esclarecer y buscar justicia por las graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante el conflicto armado interno, en donde sectores involucrados están allanando el camino para que los mismos queden en el olvido y la impunidad», se lee en el documento emitido por Caldh.
En declaraciones a la salida de la sala de audiencias, la abogada Tzul dijo que es imposible que los tres condenados tengan una libertad inmediata, porque todavía tienen que enfrentar juicio por el caso de las masacres contra civiles conocido como Creompaz y el de genocidio ixil en tiempos de Romeo Lucas.
«Todavía hay recursos legales a los que podemos acudir, es nuestro derecho y lo vamos a hacer», concluyó, mientras al fondo alguien trató de interrumpirla al gritar «Guatemala es soberana».
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