Resulta ser que un grupo de empresas constituidas por las familias Castillo Monge y Rodas Marzano lograron todos los permisos como empresas locales para construir hidroeléctricas en zonas profundas y en conflictividad en Huehuetenango. Luego, por si acaso, se asentaron fácilmente en un mercado foráneo muy conocido para gozar del amparo en caso de interrupciones del negocio, como efectivamente ocurrió. Las empresas constituídas trabajaron con fondos de un banco multilateral, en este caso del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y su filial de apoyo a proyectos privados, denominada Invest.
El resarcimiento viene de la interrupción del proyecto a cargo del Holding Energía y Renovación, S.A. que es llevado a un centro internacional de arbitrajes y se conoce como el caso CIADI No. ARB/21/56. El holding citado, conocido en el caso como La Demandante, actúa en representación de las empresas: Generadora San Mateo, S.A., Generadora San Andrés, S.A. y Empresa de Transmisión del Norte, S.A. e invoca el Artículo 10.18 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá.
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Se trata de una población 98 % indígena, perteneciente a diversas etnias de la región. Y se arguye sobre una afectación que predominante afecta a mujeres del lugar. En las deliberaciones del tribunal arbitral —que incluyó un voto disidente importante— se subraya que las evaluaciones de impacto ambiental dieron cuenta de la composición de los habitantes de la microrregión, y se advierte sobre la prevalencia de una cosmovisión muy particular y digna de evaluarse, por su relación y vinculación con la tierra y el agua.
El proyecto data de los años de la era Colom, cuando Energía y Renovación S.A. (antes llamada Promoción y Desarrollo Hídrico, S.A.) inició la construcción de los proyectos. Esto, según indica el voto disidente del profesor Raul Vinuesa emitido desde el 23 de marzo de 2023, pese a que las comunidades expresaron su rechazo a la explotación de los recursos naturales en su territorio. El propio BID hubo de reconocer, posteriormente, el incremento de la conflictividad a partir del comienzo de las primeras construcciones.
Vinuesa, como árbitro disidente, expresó que durante la organización del proyecto hubo supuestas irregularidades en el otorgamiento de contratos, licencias y permisos ambientales. Se trató de amparos interpuestos por las comunidades afectadas, y de apelar al aún no resuelto satisfactoriamente Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes y con parámetros establecidos por el Sistema de la ONU y la OEA.
Lo más dramático de todo esto reside en el hecho de que el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación del BID concluyó en el 2021 que BID Invest (que financió tales obras) incumplió sus políticas operativas, tales como: validar una caracterización inadecuada de la población afectada; no diferenciar el impacto por razones de género; no asegurar una gestión adecuada; no supervisar los riesgos de conflictos locales resultados de los proyectos.
Como ha sido usual en los diversos proyectos extractivos a lo largo del territorio, la empresa demandante subraya el interés de cientos de actores involucrados en el desarrollo del proyecto en cuestión. Resalta que los líderes que interponen acciones jurídicas y emiten pronunciamientos no son personas de la zona, y además representan intereses incluso de la vieja insurgencia.
La parte demandada, léase el Estado de Guatemala, nunca reclamó la ilegalidad o irregularidad de permiso alguno. Se mantuvo ajena a los ajetreos entre las partes en pugna, lo que fue madurando la posibilidad del resarcimiento que comenzó a requerir la empresa al notar la inminencia del cese de operaciones del proyecto en construcción.
El conflicto llegó a tales dimensiones que, ante el riesgo reputacional, temiendo tal vez lo ocurrido al Banco Mundial en diversos proyectos en Guatemala y Honduras, Bid/Invest decidió, en forma conjunta con el Holding empresarial, anunciar en junio de 2022 el cese del financiamiento a la operación.
El banco multilateral decidió así un plan de acción para un cierre ordenado y que contiene ocho actividades de retiro responsable de sus inversiones, buscando principalmente mitigar y recuperar el medio ambiente en las áreas intervenidas, rescatando el patrimonio natural y cultural. Para tal apoyo se contrató a la empresa consultora ecuatoriana Charlieg Ingeniería y Remediación, S.A. según lo reportan los colegas de El Observador.
A partir del 15 de noviembre de 2021, según fuentes del medio mencionado y la firma consultora contratada por el BID, el holding panameño demandó al Estado de Guatemala por la inversión realizada, equivalente a US$ 180 millones, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Actualmente, el Estado de Guatemala vuelve a perder, como suele suceder, un arbitraje internacional que estuvo acompañado de estudios de factibilidad débilmente implementados, en este caso por el BID, especialmente en lo relacionado con la factibilidad social, lo que ha llevado a expertos a resaltar el tema: Primero la gente.
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