Por un lado, están grupos sociales cuyas demandas históricamente han sido, y siguen siendo, ignoradas por las autoridades. Cansados de mesas de diálogo y análisis que terminan siendo burdas medidas dilatorias, se ven obligadas a exigir justicia con medidas de hecho. Y, por el dolor económico y social que causan, los bloqueos viales han probado ser una de las formas más efectivas de protesta y de forzar a las autoridades a tomar acción y corregir.
Por otro lado, están las personas que, sin estar directamente vinculadas al motivo de la protesta, resultan severamente afectadas por el bloqueo vial. Una situación sumamente injusta, más cuando la razón o motivo de la protesta la sienten ajena o, incluso, tienen posturas opuestas.
Este es un conflicto irresoluto que, posiblemente, no se puede resolver, porque es una tensión directa entre el derecho constitucional a la protesta pacífica, con el derecho, también constitucional, del trabajo y libertad de tránsito. La principal complejidad es que chocan frontalmente los derechos de quienes, legítimamente y por necesidad, protestan con medidas de hecho, y de quienes se ven perjudicadas por el bloqueo.
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Este es un laberinto jurídico constitucional de colisión de derechos que no es exclusivo de Guatemala, o de los peyorativamente llamados países subdesarrollados. Los conflictos por protestas en la forma de bloqueos viales son cosa cotidiana, por ejemplo, en Francia, y ahora, más y más, en los Estados Unidos y prácticamente alrededor del mundo. En todos los casos, el daño económico y social de esta forma de protesta es indiscutible, pero también debe entenderse que el bloqueo vial es una forma extrema de acción de hecho, y que, para que un grupo tome la decisión de emprenderlo de manera legítima, es porque otras formas de acción social y política han fracasado. Es muy difícil entender, y aún más aceptar que un bloqueo vial es más responsabilidad de las autoridades o gobiernos negligentes, que de quienes protestan.
Y, precisamente, por la enorme complejidad de este conflicto, es que también se torna una situación muy vulnerable a la provocación y la manipulación. Estoy convencido de que la acción del Ministerio Público (MP), y de todo el sector que respalda a Consuelo Porras, de perseguir penalmente a los señores Luis Pacheco y Héctor Chaclán, acusándolos de delitos de terrorismo y obstaculización de la acción penal por haber liderado las protestas y bloqueos viales en 2023, cuando eran dirigentes de los 48 cantones de Totonicapán, no es más que una provocación desestabilizadora que busca que se enfrenten, incluso con violencia, quienes defienden y quienes rechazan los bloqueos viales como forma de protesta.
Estas acciones ya están causando tensiones entre estos dos sectores: quienes probablemente van a protestar por estas capturas, y quienes han sido —y podrían volver a ser— afectados si se producen nuevos bloqueos viales. Ya en redes sociales se ven mensajes muy preocupantes de los sectores más radicalizados de ambos lados, con alarmantes llamados a la violencia.
Debe ser el Gobierno el que debe manejar la situación con el mayor de los cuidados, y administrar la provocación desestabilizadora que viene desde el MP. Evitar la violencia debe ser el objetivo principal, sin dejar de respetar el derecho a la protesta pacífica.Una tarea sumamente compleja, debido a la conflictividad histórica y al hecho de que se trata de un problema nuevo, totalmente artificial, que el MP ha creado astutamente, con efectos claramente orientados a minar la estabilidad. Una nueva prueba para ver si en Guatemala podemos resolverlo con inteligencia y madurez.
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