La actual propuesta de reforma del sector justicia les reconoce a las autoridades de los pueblos indígenas jurisdicción de conformidad con sus normas, procedimientos, usos y costumbres, siempre que estos no sean contrarios a los derechos constitucionales. Ese reconocimiento es históricamente necesario por diferentes razones. Y los beneficios de la reforma van desde la justicia oportuna en el idioma materno, evitando onerosos encarcelamientos, hasta la protección del ambiente, el territorio y concretamente el agua desde una perspectiva local.
Pese a lo anterior, tengo también dudas. Y de pronto me imaginé en una comunidad en Quiché luego de haber atropellado a una persona en la carretera, siendo presionado por una turba para ser juzgado localmente, sin acceso a un abogado y a la aseguradora y sin entender el diálogo a mi alrededor. Y mientras construyo esta idea caigo en la cuenta de que esa sensación de desamparo que trato de evocar es la normalidad para cualquier indígena que se enfrenta a un laberíntico proceso judicial donde hay dos escenarios: el primero es para quien puede pagar abogados caros, de esos que se las saben todas, y el segundo es para quien debe depender de la defensa pública penal si bien le va y si tiene la suerte de que no haya sobrecarga de trabajo.
En otras palabras, nos atemoriza caer en manos de un sistema que no entendemos, con reglas que desconocemos, y esperamos que la mayor parte de este país se someta alegremente a las leyes escritas a la medida del poder de turno. De esa manera, en lugar de paralizarnos, debemos dialogar con empatía sobre el asunto. Y en ese afán me atrevo a compartir tres preguntas y algunas reflexiones:
1. ¿Qué pasaría si una autoridad ancestral deja libre al violador de mi sobrina y solo manda a resarcirla con trabajo y con demostraciones de arrepentimiento?
Suena terrible, pero en los juzgados ordinarios podría ocurrir algo parecido, especialmente si la víctima es una niña indígena que trabaja en casa particular.
Con certeza, el ámbito penal será polémico. Y tal vez deba reservarse para una sola jurisdicción, pero reforzando las garantías procesales para todas las personas, no solo para las muy importantes, que en la actualidad gozan del debido proceso y de cárceles especiales.
2. ¿Podría ocurrir que una autoridad ancestral juzgue con especial severidad a una persona a causa de su orientación sexual?
Pienso que puede haber arbitrariedades contra mujeres, grupos LGBTI o contra personas extranjeras, por citar solo tres ejemplos. Y asumo que cualquier plan para esta reforma se implementará por etapas, con una estricta vigilancia del respeto a los derechos humanos.
No perdamos de vista que el sistema jurídico oficial también ha tenido avances en el reconocimiento y la protección de derechos civiles. Un retroceso sería penoso.
3. ¿Podría coincidir la figura de una autoridad ancestral con la función de guía espiritual o de pastor? ¿No estaríamos alejándonos del Estado laico que garantiza la Constitución Política?
Definitivamente es una posibilidad que debería prevenirse con normas que describan perfiles que no violenten las estructuras comunitarias y que garanticen derechos civiles. Pero, de nuevo, debemos recordar que en la actualidad hay jueces y juezas que tienen fuertes convicciones religiosas e ideológicas de clase que también han incidido en fallos polémicos e importantes. No podemos limitarnos a exigirle a la justicia indígena algo que la otra justicia no puede dar.
En consecuencia, las mesas en las que se discute la reforma deberían profundizar en el análisis de dos elementos administrativos para que esta reforma trascienda el papel.
Primero, la sistematización, la codificación y el registro de este experimento fascinante. Codificación que debería realizarse, en principio, en idiomas mayas.
Y en segundo lugar, la institucionalización de las figuras encargadas de impartir justicia. Es decir, respetar el nombramiento comunitario, pero obligar a cada autoridad judicial local a cumplir un mandato para el cual necesita recursos físicos y un salario digno que no dependa de decisiones políticas. No perdamos de vista que la impartición de justicia implica dedicación y tiempo que muchas personas no tienen de sobra y que el salario digno es también un elemento que contribuye a evitar la corrupción.
Asignar funciones a autoridades comunitarias sin reconocer que se necesitan recursos es reproducir modelos coloniales en los que no se les pagaba a los alcaldes locales porque estaba implícito que robarían, y eso era permitido mientras el tributo al rey llegara cabal y a tiempo[1]. Sobra decir que ese modelo se transformó y ha sobrevivido hasta el presente. Combatirlo implica pagar decentemente el trabajo realizado.
Estamos entonces ante el reto nacional de construir un sistema de justicia incluyente, en el cual hay temas espinosos, como la protección de la propiedad privada, que inevitablemente deben ser abordados. Pero el reto mayúsculo es la armonización de dos sistemas de justicia, que, nos guste o no, ya existen.
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[1] Martínez Peláez, S. (2011). Motines de indios. La violencia colonial en Centroamérica y Chiapas. Guatemala: F&G Editores.
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